No realizan los turnos programados en el H. Regional.
El Órgano de Control Institucional (OCI) del Hospital Regional del Cusco ha identificado situaciones adversas en la programación y ejecución de los turnos de trabajo médico de la UPSS del diagnóstico por imágenes, que afectan o podrían afectar la continuidad del proceso, el resultado o el logro de los objetivos.
Entre las situaciones adversas se indica el incumplimiento de las guardias y turnos programados del personal encargado del área, lo que afectaría la obligatoriedad de la ejecución de los servicios.
Los días 24, 25 y 30 de julio del presente año, la comisión de control realizó visitas al servicio de diagnóstico por imágenes, a fin de verificar el cumplimiento de la ejecución de las guardias hospitalarias y turnos de trabajo del personal que labora en dicho servicio; es así que, de la revisión a la asistencia de dichos trabajadores, se identificó que el trabajador Junior Diaz, no realizó la guardia o turno programado en el rol de servicio de diagnostico por imágenes el 24 y 30 de julio.
La trabajadora Luzdelina Fustamante tampoco estaba presente en el servicio al momento de la verificación el 24 y 30 de julio.
El informe de OCI revela que el personal tampoco presentó solicitud de cambio de guardia, como se evidencia en el consolidado de roles de guardias y turnos de trabajo.
Asimismo, de la revisión y análisis a la información proporcionada por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del hospital, con los cuales se remitió el
consolidado de roles de guardias y turnos de trabajo y, el reporte de marcaciones del 24 al 30 de julio de 2024 del personal del servicio de diagnóstico por imágenes, se advirtió la inasistencia del personal: Fredy Agramonte y Betty Yupanqui, de quienes se habría dejado constancia que no realizaron las guardias o turnos programados.
Cabe resaltar que según el numeral 5.1.8 de la Directiva Administrativa n.° 02-DEP-9220, señala que: “la inasistencia injustificada o el abandono de una guardia hospitalaria y/o turno señalado en el numeral 7.3 de la presente directiva, es falta grave de carácter disciplinario, que según la gravedad puede llegar a la destitución, previo proceso administrativo disciplinario. Esa falta es mucho más grave si se producen en días domingos y feriados”
La comisión de control, también advirtió que, el personal del servicio de diagnóstico por imágenes, que ejecutó sus guardias y/o turnos programados durante los días comprendidos entre el 24 y 30 de julio del año en curso, incumplieron el horario de ingreso y/u omitieron registrar su salida a la conclusión de la prestación del servicio.
De la información brindada por el jefe de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, que remitió el consolidado de roles de guardias, correspondientes a los meses de junio y julio del año en curso, del cual, se observó que, del total de siete solicitudes de permiso presentadas por el personal durante los meses de junio y julio, algunas fueron solicitadas sin considerar el plazo de 48 horas antes de su ejecución.








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