Son excluidos por omitir información en sus hojas de vida
Continúan las decisiones controvertidas del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en relación a los candidatos al Congreso de la República y también de los aspirantes a la presidencia.
En Cusco, el Jurado Electoral Especial Cusco (JEE Cusco) excluyó a candidato al Congreso de la República David Canal Ontón de Alianza Para el Progreso (APP) a través de la Resolución N° 00071-2021-JEE-CSCO/JNE. Señala que ha consignado información falsa en su hoja de vida en el ítem sección bienes muebles del declarante y sociedad de gananciales, sobre el registro de un bien mueble (vehículo).
En concreto, el candidato del APP consignó que tiene un vehículo camioneta con Placa X3T271 marca Toyota; sin embargo, según la SUNARP no registra dicho bien a su nombre; es más, tras el cruce de información realizada por el ente electoral, se advierte que los propietarios son otras personas; por lo tanto, habría una posible omisión de información.
Otro caso similar es de la Carmela Chung de Juntos Por el Perú (JPP), quien según la Resolución N° 00062-2021-JEECSCO/JNE la candidata en su hoja de vida en el ítem sección bienes inmuebles del declarante y sociedad de gananciales, señala que tiene tres (3) bienes inmuebles registrados a su nombre señalando las partidas registrales: 02032020,49012656 y 4901275, cuando en realidad tendría cuatro.
Por una situación similar también se excluyó a la candidata de Acción Popular, Karina Salas, quien omitió algunas informaciones en su hoja de vida.
VUELVE A LA CONTIENDA
Asimismo, el JEE Cusco también había declarado improcedente la candidatura de Rolando Solís por Frente Amplio debido a que, según el colegiado, se prohíbe la inscripción del candidato que haya sido sentenciado por la comisión de los delitos dolosos de colusión, peculado o corrupción de funcionarios.
Sin embargo, tras su apelación, en segunda instancia con Resolución N° 0172-2021-JNE, de fecha 29 de enero del 2021, publicado en el Diario Oficial el peruano en fecha 11 de febrero del 2021; el Jurado Nacional de Elecciones, dispone declarar fundado el recurso de apelación y se revocó la Resolución N.° 00054-2020-JEECSCO/JNE por lo que hoy Solís vuelve a la carrera electoral.