No se cuenta con profesionales, equipos y otros, advierte el OCI.
La Contraloría General de la República identificó deficiencias en la atención del Centro Médico de la Municipalidad Provincial del Cusco, lo que genera riesgo en la calidad de atención en salud de los eventuales usuarios. El Órgano de Control Institucional (OCI) mediante el informe 024-2023-OCI/0385-SVC del 13 de setiembre del año en curso identificó que no se cuenta con la cantidad mínima de dos o más profesionales (médicos-cirujanos con o sin especialidad), debido a que en el centro médico solo se cuenta con un profesional de medicina. Es más, según el documento de control, la jefa de centro médico, indicó que, no se cuenta con un profesional en enfermería por desplazamiento a otra gerencia, y que pese a haber solicitado a la gerencia de Desarrollo Humano y Social la asignación de un profesional, no se responde su pedido. Asimismo, se detectó que, el establecimiento de salud no publica el horario de consulta externa, generándose riesgo en el derecho a recibir información veraz, completa y oportuna, sobre las características del servicio, listado de médicos, horarios de atención, entrega de citas, etc. El 4 de setiembre la comisión en visita al centro de salud verificó que, no se cumpla con la Ley 29414 que establece los derechos de los usuarios, pues no se brinda dicha información. El centro de salud municipal del Cusco tampoco cuenta con el kit de atención de casos de violencia contra la mujer, violencia sexual. Y el área destinada a atención de urgencias carece del 67 % de equipos señalados en la norma técnica vigente. Durante la visita realizada al centro médico municipal del cusco la comisión de control aplicó el “formato n.° 01: Información de gestión sanitaria”, y en la pregunta n.° 29 se le consultó a la jefa de la institución si el establecimiento de salud realiza actividades de atención de urgencias y emergencias; al respecto,la jefa señaló que se atiende solo urgencias. Sobre el particular, la Norma Técnica de Salud n.° 113-MINSA/ DGIEM-V.01 ‘Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atención’, establece el porcentaje mínimo de equipamiento para el funcionamiento de los ambientes prestacionales y complementarios de la atención de urgencias y emergencias, el cual esta señalado en el Anexo n.° 14 de la citada Norma Técnica de Salud. Ahora bien, la Comisión de Control encargada de la ejecución de la visita de control, aplicó el ‘Formato n.° 03: Información de equipamiento’, identificándose que del total de quince (15) equipos mínimos para la atencion de urgencias, el establecimiento de salud no cuenta con diez (10) equipos, por lo que no se cumple el 67% de equipamiento requerido.
Las situaciones adversas identificadas por el Órgano de Control Institucional fueron informadas al alcalde del Cusco, Luis Pantoja, para que asuma las acciones respectivas.