DOS AÑOS DE CÁRCEL PARA SUJETO QUE AGREDIÓ A SU PADRE

Recursos serán destinados para la ejecución de obras

Maltrato contra su progenitor era constante Oswaldo Arotaype Guzmán, es el sujeto que fue acusado de maltratar constantemente contra su progenitor de 80 años, violando incluso las medidas de protección impuestas por las autoridades para proteger a la víctima, es por ello que el Poder Judicial del Cusco determinó 2 años y 11 meses de prisión efectiva, sanción que deberá ser cumplida al interior del Penal de Qenqoro.

Los hechos se remontan al 10 de marzo, donde la víctima se apersonó a la Comisaria de Sipaspujio para interponer la denuncia, debido a que el agresor nuevamente había atentado en su contra. Sin embargo, al tratarse de un hecho reincidente, la Fiscalía Provincial Especializada en Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Cusco postuló la necesidad de que para este tipo de delitos se aplique una pena efectiva y no una pena convertida (como ocurría en otros casos).

“Luego de un debate en la audiencia, se ha logrado que el juzgado de la pena efectiva por el lapso de dos años y once meses por el delito de agresiones. Es una de las pocas sanciones, creo que es la primera en la Fiscalía Corporativa, en la cual se logra una pena efectiva” refirió la fiscal Dely Rossana Pérez Valencia.

PRECEDENTE

El objetivo de esta pena es que se siente un precedente para este tipo de delitos que muchas veces es tipificado como delitos leves, lo que genera que los juzgados den sentencias convertidas a días, multas de labor social con prestación de servicios, lo que necesariamente no garantiza que el agresor mantenga una distancia de su víctima, incluso pone en riesgo la integridad del denunciante.

Por ejemplo, en el caso expuesto no solo se valoró la reincidencia, sino que al pasar el médico legista el adulto mayor tuvo cinco días de incapacidad médico legal, tenía lesiones en la cabeza. Además, se consideró la mayoría de edad de la víctima, así como el incumplimiento de las medidas de protección, es decir que el sujeto ya tenía antecedentes penales por el mismo delito y hacia la misma persona.

“Este precedente nos hace pensar que este tipo de delitos no solo merece penas convertidas. Si una persona es reincidente, si existe agravantes, o si hay medidas de protección que dijeron no te acerques al agraviado y lo has incumplido pues la Fiscalía va tener que postular una pena efectiva, debido a que se tiene que trabajar la tutela al o a la agraviada para que esta persona no vuelva a ser agredida” manifestó la fiscal.

SANCIONES DRÁSTICAS

Finalmente, la Fiscal Provincial del Cuarto Despacho de la Fiscalía Especializada en Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Cusco, Dely Pérez manifestó que de acuerdo al criterio en el cual hace énfasis su despacho, si una persona es reincidente (en delito de agresión) tendrá que ir a prisión.

“Los cuatro años son para una prisión, pero no nos impide a nosotros como fiscales proponer penas efectivas. En realidad, toda pena es efectiva, pero lo que se tiene que sustentar es que si la pena va ser suspendida o convertida. Al agresor decirles una vez más que si tienes medidas de protección, cúmplelas, no te acerques a las víctima y a la víctima que tenga confianza que la Fiscalía brindará todo el apoyo necesario y célere”, puntualizó.

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here