Contraloría General de la República observó adquisición
De acuerdo a un informe de la Contraloría General de la República, el Banco de la Nación Región IV Cusco adquirió alcohol gel durante el estado de emergencia, sin registro sanitario, además sin tenerse la composición establecida en las normas técnicas del Ministerio de Salud a través de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID).
El informe N° 025-2020-2-0010 señala que el 25 de marzo del presente año la subgerencia de la Macro Región IV -Cusco adquirió 72 galones de alcohol gel por un monto de S/6 mil 480 soles a la empresa ECONOCLEAN INVERSIONES DE E.I.R.L., para lo cual las solicitudes de cotización fueron remitidas por la analista de la Macro Región Cusco, Yavely Rayme, donde solo dos empresas presentaron sus propuestas. Sin embargo, desde la etapa de la adquisición se habrían presentado algunas irregularidades.
Por ejemplo, se menciona que, de la revisión a los antecedentes de la referida compra, se advierte que para la misma se tuvo en cuenta características señaladas en el correo electrónico de 27 de febrero remitido por Adolfo Moscoso, jefe de la Sección de Seguridad y Salud del Trabajo, al Gerente de Logística, donde se menciona las indicaciones para la adquisición del gel antimicrobiano, las cuales no consideran aspectos regulados en la normativa aplicable.
Se advierte que el Ministerio de Salud en el 2016 aprobó el “Listado de productos galénicos” en el cual incorporó el “alcohol medicinal 70° gel” aprobándose adicionalmente la “Normativa técnica de salud para la elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales”, que estableció la composición del producto denominado “alcohol gel” en base a “alcohol etílico rectificado 96°”.
No obstante, la Sección Seguridad y Salud en el Trabajo al elaborar las características para la adquisición de dicho insumo consideró lo siguiente: “En base al alcohol etanol de 60-80%”, con lo que admitió un componente con un porcentaje distinto al requerido por la Norma Técnica (que establece en bases a “alcohol etílico rectificado 96°), ocasionando que se acepte del proveedor un producto cuya ficha técnica indicaba una composición e base a “alcohol etanol 60-80°”.
De la misma manera la Contraloría señala que el MINSA a través de la DIGEMID tiene establecido el plazo de validez del alcohol gel en condiciones óptimas de conservación, que es de 6 meses; sin embargo en las características requeridas por el área especializada del Banco de la Nación se estableció que el producto podría tener hasta 3 años desde su fecha de sus producción, con lo que ofrece al proveedor un plazo mayor desde la producción del insumo adquirido; con los que se advierte incongruencia frente a los requisitos establecidos por la Nomas Técnicas de Salud.
El documento refiere además que, pese a que el MINSA Y DIGEMID mencionan que para la elaboración del producto se debe controlar que el pH no supere el valor de 7 debido a ue valores mayores son lesivos para la piel, esta no fue incorporada como una de las características requeridas por la entidad para la adquisición del alcohol gel, poniendo el riesgo la salud de los usuarios.
SIN REGISTRO SANITARIO.
Sin embargo, el punto más llamativo sobre dicha adquisición es que el producto adquirido de la empresa ECONOCLEAN INVERSIONES DE E.I.R.L. no cuenta con registro sanitario y tampoco fue contemplado en las características remitidas por la Sección de Seguridad y Salud en el Trabajo. Esta situación a su vez no fue advertida por la analista de la Macro Región IV Cusco. El informe señala que no se acredita de la documentación remitida por el proveedor, que el producto cuente con el mismo, es decir, el registro sanitario.