INFORME CONCLUYE QUE ALCALDE RIMACHI MAL UTILIZÓ VEHÍCULO

Asimismo, el documento detalla que el conductor no tenía papeleta de salida, pero también uno de los ocupantes de la unidad es una persona que no tiene relación laboral con la Municipalidad Distrital de San Jerónimo.

La Contraloría General de la Re­pública concluyó que el alcalde de la Municipalidad Distrital de San Je­rónimo, Máximo Rimachi Morales, junto a varios servidores públicos, habría utilizado de manera indebi­da un vehículo oficial de la comuna, contraviniendo las normas internas y disposiciones sobre el uso eficiente de los bienes del Estado.

El hallazgo está contenido en el Informe de Acción de Oficio Poste­rior N.° 005-2026-OCI/1627-AOP emitido el último 27 de abril, en el que se advierte una presunta afecta­ción al adecuado uso de los recursos públicos y a la imagen institucional del municipio. Como consecuencia, el ente de control exigió a la autori­dad edil la presentación de un plan de acción correctivo.

ASIGNADO A ALCALDÍA

De acuerdo con el informe, la camioneta Toyota Hilux de placa EAI-463 estaba asignada al despa­cho de Alcaldía, según informes de la Subgerencia de Equipo Mecánico y la Oficina de Recursos Humanos de la Municipalidad Distrital de San Jerónimo.

La unidad vehicular es de uso ex­clusivo del alcalde por razones inhe­rentes al cargo y necesidades de ser­vicio, motivo por el cual no requiere autorización previa para su desplaza­miento. Sin embargo, ello no exime a la autoridad del cumplimiento de las normas que regulan el uso de los bie­nes públicos.

La Contraloría recordó que el Reglamento Interno de Servidores Civiles de la Municipalidad Dis­trital de San Jerónimo, aprobado mediante Decreto de Alcaldía N.° 001-2022-MDSJ/C, prohíbe expre­samente el uso de bienes municipales para fines ajenos a la función pública.

Asimismo, el informe cita el Tex­to Único Ordenado de la Ley N.° 29151, Ley General del Sistema Na­cional de Bienes Estatales, así como el Código de Ética de los trabaja­dores municipales, que establecen la obligación de cautelar y utilizar efi­cientemente los recursos del Estado.

MÁS OBSERVACIONES

El órgano de control detectó ade­más otras presuntas irregularidades vinculadas al caso. Según el área de escalafón de la comuna, el conductor Juan Carlos Matamoros Ascue no registró asistencia en el reloj biomé­trico ni comisión de servicio el día 8 de abril de 2026, fecha de la interven­ción policial; es decir no tenía pape­leta de salida.

A ello se suma la presencia de una persona ajena a la entidad municipal dentro del vehículo oficial. Se trata de Adilson Ttito Condori, quien no tendría vínculo laboral alguno con la municipalidad, pese a haber sido en­contrado en la unidad.

CONCLUSIÓN

La Contraloría concluyó que tanto el alcalde como los servidores municipales involucrados habrían ig­norado deliberadamente las disposi­ciones establecidas en el reglamento interno, utilizando el vehículo oficial fuera del horario laboral y para activi­dades ajenas a la función pública.

El documento precisa que las ac­ciones observadas no estaban relacio­nadas con actividades protocolares, compromisos institucionales, aten­ción de necesidades del distrito ni la­bores propias de la gestión municipal, configurándose así un presunto uso indebido de bienes del Estado.

LA INTERVENCIÓN

Como se sabe, el caso se remonta al pasado 8 de abril de 2026, cuando efectivos policiales de la Comisaría de San Jerónimo intervinieron la ca­mioneta municipal en inmediaciones de la Asociación Pro Vivienda Virgen del Rosario, aproximadamente a las 10:20 p. m. En el interior de la unidad fueron halladas cuatro personas, en­tre ellas el alcalde Máximo Rimachi Morales, junto a bebidas alcohólicas. Según el reporte policial, los ocupan­tes presuntamente se encontraban en estado de ebriedad, por lo que fueron detenidos preliminarmente por el presunto delito de peculado de uso.

PLAN DE ACCIÓN

Frente a estos hechos de presun­ta irregularidad, mediante el Oficio N.° 000117-2026 – CG/OC 1624, remitido el 27 de abril de 2026, la Contraloría solicitó formalmente al alcalde de San Jerónimo la remisión de un Plan de Acción que detalle las medidas correctivas a adoptarse. La autoridad edil tendrá un plazo de 20 días hábiles para responder al órgano de control.